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La deducción se aplicará a las obras realizadas desde el 7 de mayo de 2011 por las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012.

Se amplía el objeto de la deducción ya que se aplicará en cualquier vivienda (ANTES VIVIENDA HABITUAL) que sea propiedad del contribuyente o en el edificio en la que esta se encuentre. Por tanto, incluye viviendas a su disposición o alquiladas. Se excluyen las viviendas afectas a actividades económicas realizadas por el contribuyente.

El límite de renta (base imponible) para poder aplicar la deducción se eleva de 53.007.20 euros a 71.007,20 euros. Será progresiva la deducción a partir de 53.007,20 €.

El % de deducción se eleva del 10% al 20% y el límite máximo de base de deducción anual por contribuyente pasa de 4.000 € a 6.750 €.

Se incrementa el limite plurianual por vivienda que pasa de 12.000 a 20.000 €.

El resto de requisitos se mantiene (tipo de obras, limitación de pago…)

Mejora de la eficacia energética.
Higiene, salud y protección del medio ambiente.
Substitución de las instalaciones de electricidad, agua y otros suministros.
...


NO deducciones: las obras que se realicen en viviendas afectas a una actividad económica, plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

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